¿Qué es el arraigo social?

¿Qué es el arraigo social? Requisitos, documentos y cómo solicitarlo en España

El arraigo social es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que puede permitir regularizar la situación administrativa de determinadas personas extranjeras que llevan un tiempo viviendo en España y cumplen una serie de requisitos.

Actualmente, uno de los requisitos principales es haber permanecido en España al menos dos años de forma continuada antes de presentar la solicitud. Además, será necesario acreditar determinados vínculos familiares y medios económicos o, cuando no existan esos vínculos, justificar la integración en la sociedad española mediante un informe favorable de integración social.

Esta guía nace de algo muy concreto: recibimos preguntas de personas que quieren regularizar su situación pero muchas veces no saben por dónde empezar, qué documentos necesitan, dónde tienen que ir o incluso qué información de Internet sigue estando actualizada.

Por eso vamos a intentar explicar el arraigo social sin convertir esto en un manual escrito exclusivamente para abogados.

La idea es bastante más sencilla:

saber si puedes solicitarlo, qué necesitas preparar y dónde tienes que presentar la documentación.

Importante: esta guía tiene carácter informativo. En materia de extranjería, la situación personal de cada solicitante puede cambiar los requisitos aplicables. La propia Administración recuerda que únicamente resulta aplicable la normativa vigente en el momento en que se presenta la solicitud.


¿Qué es el arraigo social en España?

El arraigo social forma parte de las autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales previstas por la normativa española de extranjería.

Está pensado para determinadas personas extranjeras que se encuentran en España, han permanecido en el país durante el periodo exigido y pueden acreditar vínculos familiares o integración social.

La normativa de referencia actual incluye el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, y las Instrucciones SEM 1/2025 sobre las autorizaciones de residencia por razón de arraigo.

¿Para qué sirve el arraigo social?

Su principal finalidad es permitir que una persona que reúne los requisitos pueda obtener una autorización de residencia temporal en España.

Y hay una cuestión especialmente importante:

si se concede el arraigo social, la autorización lleva aparejado el permiso para trabajar en España por cuenta ajena o por cuenta propia durante su vigencia, sin limitación de ámbito geográfico ni ocupación.

Es decir, no hablamos solamente de regularizar la residencia.

También puede abrir la puerta legal al mercado laboral.

Por eso en ofertasempleo.eu tratamos el arraigo y el empleo como dos partes relacionadas del mismo proceso: primero entender qué vía de regularización corresponde y, una vez obtenida la autorización que habilita para trabajar, empezar a buscar oportunidades laborales.


¿Cuántos años hay que llevar en España para pedir el arraigo social?

Esta es probablemente una de las dudas más importantes.

Con la regulación vigente, la persona debe haber permanecido en España de forma continuada durante al menos los dos años anteriores a la presentación de la solicitud.

Durante ese periodo, las ausencias de España no pueden superar los 90 días.

Ojo con la información antigua de los tres años

Todavía puedes encontrar páginas y artículos en Internet que hablan de tres años de permanencia.

Por eso es fundamental mirar cuándo fue actualizado el contenido.

La ficha oficial del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, actualizada en abril de 2026, establece actualmente el requisito de dos años de permanencia continuada.

Cuando hablamos de extranjería, una diferencia entre dos y tres años no es un detalle.

Puede cambiar completamente la decisión de una persona sobre cuándo iniciar su trámite.


¿Quién puede solicitar el arraigo social?

No basta solamente con haber vivido dos años en España.

La Administración establece otros requisitos.

Entre ellos se encuentran:

  • no ser ciudadano de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, ni familiar al que resulte aplicable el régimen de ciudadano de la Unión;
  • carecer de determinados antecedentes penales;
  • no figurar como rechazable en países con los que España tenga convenios en ese sentido;
  • no encontrarse dentro de un compromiso de no retorno a España cuando resulte aplicable;
  • no representar una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública;
  • encontrarse en España;
  • cumplir el requisito de permanencia continuada;
  • acreditar los vínculos familiares y medios económicos exigidos o, en su defecto, disponer del correspondiente informe favorable de integración social;
  • abonar la tasa correspondiente.

Además, existen condiciones específicas relacionadas con las solicitudes de protección internacional y con otras autorizaciones o procedimientos de residencia, por lo que estos casos deben revisarse especialmente antes de presentar la solicitud.


¿Puedo pedir el arraigo social si he solicitado asilo?

Este punto merece atención porque puede cambiar el cómputo de los dos años.

En el momento de presentar la solicitud de arraigo social y durante su tramitación, la persona no puede tener la condición de solicitante de protección internacional.

Además, cuando una persona haya sido solicitante de protección internacional, el tiempo durante el cual dicha solicitud estuvo en tramitación no computa para el periodo exigido de arraigo hasta que exista una resolución firme en vía administrativa y, en su caso, judicial.

Si estás en esta situación, conviene revisar tu caso concreto antes de calcular por tu cuenta cuánto tiempo de permanencia puedes acreditar.


¿Cómo demostrar que llevas dos años viviendo en España?

Acá aparece una de las preguntas que más confusión genera.

La Administración no quiere simplemente que digas:

“Llevo dos años viviendo acá”.

Hay que demostrarlo documentalmente.

La documentación debe identificar al solicitante y, preferentemente, haber sido emitida o registrada por una Administración Pública española.

Empadronamiento

El empadronamiento es uno de los documentos que pueden ayudar a demostrar tu presencia en España.

Pero no es el único.

Consultas médicas y hospitalizaciones

La Administración menciona expresamente documentación relativa a:

  • hospitalizaciones;
  • consultas médicas realizadas en la sanidad pública.

Estos documentos pueden ayudar a demostrar que estabas físicamente en España en determinadas fechas.

Otros documentos administrativos

También pueden utilizarse documentos municipales, autonómicos o estatales que permitan justificar tu presencia en España.

La idea es construir una línea temporal documental coherente.

No esperes a estar a punto de presentar el arraigo para empezar a preguntarte qué pruebas tienes.

Si crees que esta vía podría servirte en el futuro, conservar documentación administrativa desde el principio puede resultar muy importante.

¿Qué ocurre si saliste de España?

La normativa vigente establece que, durante los dos años de permanencia exigidos, las ausencias no pueden superar 90 días en total.


¿Necesito contrato de trabajo para pedir el arraigo social?

Esta es otra de las grandes confusiones.

El arraigo social actual no establece un contrato de trabajo como requisito general de esta modalidad.

No debe confundirse con el arraigo sociolaboral, que es una modalidad diferente y tiene sus propios requisitos.

En el arraigo social encontramos principalmente dos situaciones:

Arraigo social con vínculos familiares

Pueden acreditarse determinados vínculos con personas extranjeras que sean titulares de una autorización de residencia en España.

La normativa contempla vínculos con:

  • cónyuge;
  • pareja de hecho registrada;
  • familiares en primer grado en línea directa.

En esta vía también deben acreditarse medios económicos suficientes. La ficha oficial establece los porcentajes de IPREM que deben justificarse en estos supuestos.

Arraigo social mediante informe de integración

Cuando no se acreditan esos vínculos familiares, se valora el esfuerzo de integración social mediante un informe favorable de integración social emitido por la Administración competente.


¿Qué es el informe de integración social?

El informe de integración social es uno de los documentos más importantes para muchas personas que solicitan arraigo social.

Sirve para acreditar el grado de integración de la persona extranjera en la sociedad española.

La Administración puede valorar, entre otros aspectos:

  • el tiempo de permanencia en el domicilio habitual;
  • los medios económicos disponibles;
  • la participación en programas de inserción sociolaboral;
  • la participación en programas culturales;
  • otros factores que permitan acreditar integración.

¿Quién hace el informe de integración social?

Puede emitirlo la Comunidad Autónoma correspondiente o, cuando así esté establecido, el Ayuntamiento donde la persona tenga su domicilio habitual.

Este punto es especialmente importante porque mucha gente sabe que necesita “un informe”, pero no sabe dónde empezar a pedirlo.

La primera pregunta debería ser:

¿Qué organismo tramita el informe de integración social en mi comunidad autónoma y municipio?

¿Cuánto tarda el informe?

La regulación establece un plazo máximo de un mes desde su solicitud para la emisión del informe.

Si el informe no fuera emitido dentro del plazo previsto, la normativa contempla la posibilidad de acreditar esa circunstancia y justificar el requisito mediante otros medios de prueba.


Documentos necesarios para solicitar el arraigo social

No todos los expedientes son exactamente iguales, pero la documentación básica establecida por la Administración incluye varios elementos importantes.

Checklist básica

Antes de presentar la solicitud comprueba, según tu caso, que tienes:

  • modelo oficial EX-10 correctamente cumplimentado y firmado;
  • copia completa del pasaporte, cédula de inscripción o título de viaje en vigor reconocido en España;
  • documentos que acrediten la permanencia continuada de dos años en España;
  • certificado de antecedentes penales de los países correspondientes;
  • documentación que acredite los vínculos familiares, cuando se utilice esta vía;
  • o informe de integración social, cuando corresponda;
  • documentación relativa a los medios económicos exigibles;
  • documentación adicional relacionada con actividad por cuenta propia, cuando sea aplicable;
  • justificante del pago de la tasa correspondiente.

No prepares este listado como si fuera una receta idéntica para todo el mundo.

Tu situación familiar, económica y administrativa determina qué documentación concreta debes presentar.


Documentos extranjeros: traducción, legalización y apostilla

Otro punto donde suelen aparecer problemas es la documentación emitida fuera de España.

Los documentos extranjeros que deban aportarse tendrán que cumplir, cuando corresponda, los requisitos de traducción jurada, legalización o apostilla.

La ficha oficial del Ministerio explica que los documentos redactados en otros idiomas deben estar traducidos al castellano o a la lengua cooficial correspondiente mediante traductor jurado y que los documentos públicos extranjeros deberán cumplir las reglas de legalización aplicables, salvo los supuestos de apostilla o exención previstos por convenios internacionales.

No dejes esta comprobación para el último día.


Cómo solicitar el arraigo social paso a paso

Una forma sencilla de entender el procedimiento es dividirlo en etapas.

Paso 1. Comprueba que cumples los requisitos

Antes de gastar tiempo y dinero reuniendo documentos, revisa especialmente:

  • los dos años de permanencia;
  • tus ausencias de España;
  • tu situación respecto de protección internacional;
  • antecedentes penales;
  • vínculos familiares o necesidad de informe de integración;
  • medios económicos;
  • situación administrativa actual.

Paso 2. Reúne las pruebas de permanencia

Ordena cronológicamente la documentación que permita acreditar tu presencia durante los dos años.

No se trata de acumular papeles sin sentido.

Se trata de que tu documentación permita demostrar de forma clara la permanencia exigida.

Paso 3. Solicita el informe de integración si corresponde

Si no vas a acreditar los vínculos familiares contemplados en la normativa, tendrás que comprobar ante qué organismo de tu comunidad autónoma o ayuntamiento debes solicitar el informe de integración social.

Paso 4. Completa el modelo EX-10

La solicitud se realiza mediante el modelo oficial EX-10.

Revisa cuidadosamente los datos antes de presentarlo.

Paso 5. Presenta la solicitud

Puedes hacerlo presencialmente o, si dispones de los medios necesarios, telemáticamente.

Paso 6. Paga la tasa

La tasa correspondiente se genera al presentar la solicitud y debe abonarse dentro del plazo establecido.

Actualmente se utiliza el modelo 790, código 052, epígrafe 2.3.1, correspondiente a autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales por arraigo.


¿Dónde se solicita el arraigo social?

Otra de las preguntas más frecuentes es simplemente:

“Vale, tengo los documentos. ¿Ahora dónde voy?”

Hay dos vías principales.

Presentación presencial

La solicitud puede presentarse presencialmente en la Oficina de Extranjería de la provincia donde tengas fijado tu domicilio.

Presentación online mediante Mercurio

También puede tramitarse telemáticamente a través de la plataforma Mercurio, dentro de la sede electrónica de la Administración.

Si no estás familiarizado con certificados digitales o trámites administrativos online, este puede ser uno de los puntos donde resulte conveniente pedir orientación profesional.


¿Cuánto tarda el arraigo social?

La Administración establece actualmente un plazo de resolución de tres meses, contado desde el día siguiente a la entrada de la solicitud en el registro del órgano competente.

¿Qué pasa si pasan los tres meses sin respuesta?

La ficha oficial establece que, transcurrido ese plazo sin notificación, la solicitud puede entenderse desestimada por silencio administrativo.

Esto no significa que debas interpretar cualquier retraso por tu cuenta.

Si tu expediente supera los plazos o aparecen incidencias, comprueba su estado y valora solicitar asesoramiento específico.


¿Qué pasa si me conceden el arraigo social?

Conseguir la resolución favorable no es exactamente el último paso.

Podrás trabajar en España

La concesión lleva aparejada una autorización para trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia, sin limitación geográfica ni de ocupación durante su vigencia.

Y acá es donde enlazamos regularización y empleo.

Si resides en Asturias y ya puedes trabajar legalmente, puedes consultar nuestras ofertas de empleo en Asturias.

Si vives en Canarias, también puedes consultar las ofertas de empleo en Tenerife.

Para quienes están en Asturias, también tenemos una guía de Trabajastur con información y accesos para ampliar la búsqueda de oportunidades laborales.

Tendrás que solicitar la TIE

Una vez concedida la autorización, la persona extranjera debe solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en el plazo de un mes desde la notificación de la concesión.

¿Cuánto dura el arraigo social?

La autorización concedida por arraigo social tiene actualmente una vigencia de un año.

La normativa también establece condiciones para su prórroga, entre ellas la búsqueda activa de empleo y la inscripción en el servicio público de empleo, salvo determinadas circunstancias justificadas que impidan el acceso al trabajo.


Errores frecuentes al informarse sobre el arraigo social

Muchas dudas que recibimos no nacen porque no exista absolutamente ninguna información.

Nacen porque la información está repartida, utiliza lenguaje administrativo o pertenece a regulaciones anteriores.

Estos son algunos puntos que conviene revisar especialmente.

1. Seguir creyendo que siempre hacen falta tres años

La información oficial vigente establece actualmente dos años para esta modalidad.

2. Pensar que necesariamente necesitas un contrato de trabajo

No confundas arraigo social con arraigo sociolaboral.

Son modalidades diferentes.

3. No guardar pruebas de permanencia

No alcanza con afirmar que llevas dos años en España.

Necesitas poder acreditarlo.

4. No comprobar quién emite el informe de integración

Puede depender de la Comunidad Autónoma y, en determinados casos, del Ayuntamiento.

5. Presentar documentación extranjera sin revisar traducción o legalización

Un documento válido en tu país no significa automáticamente que esté listo para presentarse ante la Administración española.

6. Olvidarse de lo que ocurre después de la aprobación

La concesión no termina con la resolución.

Recuerda el plazo para solicitar la TIE y comprueba las condiciones de tu autorización.


Preguntas frecuentes sobre el arraigo social

¿Cuánto tiempo tengo que llevar en España?

Actualmente debes acreditar al menos dos años de permanencia continuada inmediatamente anteriores a la solicitud, con ausencias que no superen los 90 días durante ese periodo.

¿Necesito contrato de trabajo?

No como requisito general del actual arraigo social. No debe confundirse con el arraigo sociolaboral.

¿Necesito estar empadronado?

El empadronamiento puede utilizarse como prueba de permanencia, pero la Administración también admite otros documentos que acrediten tu presencia en España.

¿Puedo presentar la solicitud por Internet?

Sí. La Administración contempla la presentación telemática mediante Mercurio, además de la presentación presencial en la Oficina de Extranjería correspondiente.

¿Cuánto tarda en resolverse?

El plazo oficial indicado es de tres meses desde el día siguiente a la entrada de la solicitud en el registro competente.

¿El arraigo social permite trabajar?

Sí. Su concesión lleva aparejada autorización para trabajar por cuenta propia o ajena durante la vigencia de la autorización.

¿Cuánto dura el permiso?

Actualmente, un año.

¿Dónde puedo ver otros tipos de arraigo?

Puedes consultar nuestra sección de Tipos de Arraigos, donde iremos agrupando y actualizando las diferentes vías de regularización y sus diferencias.


¿No sabes por dónde empezar?

Si llegaste hasta acá porque llevas tiempo en España y estás intentando saber si el arraigo social puede servirte, empieza por tres cosas:

1. Calcula correctamente tu periodo de permanencia.

2. Reúne las pruebas que demuestren que has estado en España.

3. Comprueba si tu vía corresponde a vínculos familiares o si necesitarás un informe de integración social.

Después revisa la documentación oficial y, si tu situación tiene particularidades, busca asesoramiento profesional antes de presentar el expediente.

La razón por la que hemos preparado esta guía es precisamente esa: mucha gente sabe que existen los arraigos, pero no encuentra con facilidad una explicación que le diga qué significa, qué necesita y cuál es el siguiente paso.

Y una vez que tu autorización te permita trabajar, el proceso no termina.

Empieza otra etapa.

Puedes revisar nuestras ofertas de empleo en Asturias o las ofertas de empleo en Tenerife para conocer oportunidades que vamos recopilando en ofertasempleo.eu.


Fuentes oficiales y contenido relacionado

Para comprobar requisitos y posibles cambios normativos, utiliza siempre como referencia prioritaria la información del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

La ficha oficial de arraigo social consultada para esta guía figura como actualizada en abril de 2026.

Sigue navegando en ofertasempleo.eu

Última revisión del contenido: 16 de agosto de 2026.

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